Andorra y el modelo 720 español
Hace tiempo que la cuestión de la vivienda se ha convertido en una de las preocupaciones principales para la ciudadanía de Andorra. Cada vez hay más demanda y no hay oferta para satisfacerla, hecho que provoca el aumento de precio de esta y la hagan inaccesible por una parte importante de la población. En este contexto hace años que se habla de un número indeterminado de viviendas (dos mil decían) que se encuentran vacías y fuera del mercado a causa de que sus propietarios, de origen español, se han visto atrapados en un callejón sin salida provocado por la normativa fiscal de su país.
Fue en marzo del 2012 que como consecuencia de una amnistía fiscal se permitió a los españoles que tuvieran bienes no declarados en el extranjero que declararan los mismos a un coste muy bajo, aunque inicialmente esta medida no tuvo demasiado éxito. Había que “motivar” de una forma más convincente a los contribuyentes españoles y se hizo estableciendo un régimen sancionador muy severo, de tal forma que todos aquellos bienes no declarados dentro de plazo serían considerados como un incremento de patrimonio no justificado y aun así imprescriptible, a no ser que tales bienes hubieran sido adquiridos con ingresos declarados, o bien que su adquisición fuera anterior a la consideración de residente fiscal español. En caso de no poderlo justificar había toda una serie de sanciones formales además de una cuota del 150% dejada de ingresar. Vaya, que acababas en muchos casos pagando mucho más que el valor que tenían los propios bienes no declarados. Todo ello hizo que muchos declararan, pero otros muchos no lo hicieron, de tal forma que para evitar males mayores decidieron, por el que hacía a los inmuebles, sacarlos del mercado, tanto de venta como de alquiler, para evitar ser “descubiertos” y recibir un castigo tanto severo cono el descrito.
Desde el principio, tanto los ciudadanos afectados, como los especialistas en la materia se posicionaron en contra de medidas tan desproporcionadas y la Comisión Europea decidió intervenir, primero conminando al estado español a rectificar y al ver que no lo hacía, presentando recurso ante la corte europea, que finalmente se ha pronunciado con una sentencia que considera que la normativa española constituye una restricción a la libertad de circulación de capitales y que, a pesar de estar justificada por la lucha contra el fraude y la evasión fiscales, es contraria al Derecho de la Unión. La principal consecuencia es que tanto la administración como los tribunales españoles no podrán aplicar esta normativa en virtud del principio de primacía del Derecho comunitario.
En este sentido, el Gobierno español se comprometió a modificar tal normativa antes de expirar el plazo de presentación del dicho modelo 720 (que no desaparece) a 31 de marzo, y ha cumplido con tal compromiso pues la modificación ya ha sido tramitada y aprobada en el Senado y será ratificada si no hay novedades en el Congreso dentro del plazo previsto. Básicamente, desaparece la imprescriptibilidad, que pasa a ser de 4 años como el resto de las obligaciones tributarias y la sanción queda reducida al 50%. Todo ello producirá el doble efecto de que aquellos que declararon y sufrieron el excesivo castigo puedan exigir un resarcimiento, y el que más nos interesa en Andorra: que los que hasta ahora no se habían atrevido a declarar sus bienes en el extranjero, se sientan motivados a hacerlo con unos efectos económicos mucho más suaves. En este sentido, veremos a partir de la entrada en vigor de este cambio legislativo como los propietarios de inmuebles españoles no residentes reaccionan y si realmente el mercado andorrano recupera estos inmuebles, sea para ser puestos a la venta, o en alquiler.
En todo caso, queda muy claro que el mercado inmobiliario del país está afectado por un crecimiento constante de la demanda, por una carencia de oferta y por el desarrollo de proyectos que mayoritariamente están pensados más por los nuevos residentes de alto poder adquisitivo que para la mayoría de la población local, aspira a disponer de una vivienda digna a un precio en consonancia con su capacidad económica. Este es el gran reto no solo de los gobernantes sino de los diferentes agentes implicados, propietarios, promotores, constructores y asociaciones empresariales, los cuales tendrán que explorar nuevas fórmulas de colaboración público-privada y nuevas técnicas constructivas que, como ya hemos explicado en varias ocasiones, pueden dar solución al tema de la vivienda a nuestro país.
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Augé Legal & Fiscal