Las recientes inundaciones en Valencia han movilizado a cientos de personas para ayudar a los afectados a reconstruir sus vidas. Sin embargo, muchas de estas donaciones generosas entre personas sin vínculos familiares pueden llevar a sorpresas fiscales que tanto donantes como receptores desconocen. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en la Comunidad Valenciana aplica una tributación significativa a este tipo de donaciones, especialmente cuando se realizan entre personas sin parentesco, un aspecto de la normativa que, en efecto, limita las iniciativas privadas y busca canalizar la ayuda a través de entidades específicas.
¿Qué es el ISD y Cómo Afecta a las Donaciones Entre No Familiares?
El ISD grava las donaciones y herencias en función del parentesco entre donante y donatario. Cuando una persona recibe una donación de alguien sin vínculos familiares, como un amigo o conocido, la tarifa impositiva es mucho mayor, llegando hasta un 70% del valor donado en la Comunidad Valenciana. Esta normativa, en última instancia, hace que muchas personas sin vínculo familiar que desean ayudar se enfrenten a cargas fiscales importantes, lo cual incentiva que estas donaciones se realicen a través de asociaciones o fundaciones benéficas autorizadas.
Ejemplos de Cómo Puede Afectar a los Donantes de la DANA
Imaginemos que una persona dona 10.000 euros a un amigo afectado por la DANA. Dado que el receptor no tiene parentesco con el donante, podría estar obligado a pagar hasta 1.700 euros en impuestos. Dependiendo del importe de la donación y las circunstancias personales, podemos llegar a la situación de que 7 de cada 10 euros donados tengan que pagarse como impuesto. Esta situación no solo reduce la efectividad de la ayuda, sino que puede dejar a la persona donataria con una carga fiscal inesperada en un momento crítico. De esta forma, la normativa actúa indirectamente como freno para las donaciones directas y pretende que se canalicen a través de las entidades autorizadas por el Estado (fundaciones y asociaciones de interés público).
Alternativas para Minimizar el Impacto Fiscal
Para evitar esta carga, existen varias alternativas que benefician tanto a donantes como a receptores:
Donaciones a través de ONG o Fundaciones
Las organizaciones sin fines de lucro y fundaciones oficialmente reconocidas están exentas de ISD y permiten a los donantes deducir hasta el 80% de sus aportes en el IRPF si están acreditadas. Este enfoque no solo reduce la carga fiscal, sino que se ajusta a la normativa que fomenta la canalización de ayudas a través de instituciones controladas.
Cesiones de Uso y Donaciones en Especie
En algunos casos, la cesión de bienes sin contraprestación o las donaciones en especie pueden ayudar a reducir el impacto del ISD. Sin embargo, este tipo de donaciones están sujetas a restricciones y suelen ser más efectivas cuando se realizan a través de entidades específicas.
Donaciones realizadas por una sociedad
En el caso de que la donación la realice una sociedad a un particular, el impacto fiscal es doblemente perjudicial ya que, además del impacto en ISD para quien recibe la donación, esa donación no va a ser un gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades de la entidad donante. Para poder limitar este impacto, otra vez es necesario que la donación se haga a entidades que cumplan con la normativa de la Ley 49/2002 (Fundaciones y Asociaciones declaradas de utilidad pública).
Infórmate y Evita Sorpresas Fiscales
Las donaciones son una excelente forma de ayudar, pero es fundamental entender las implicaciones fiscales para evitar problemas. La normativa española actual, especialmente en la Comunidad Valenciana, pone trabas a la iniciativa y control privado. Antes de realizar una donación, consulta con un asesor fiscal para asegurar que tu ayuda llegue de manera efectiva.
La normativa actual, aunque pueda pretender asegurar transparencia en las ayudas, puede hacer que tu buena intención se vea gravada si no es gestionada adecuadamente.