Nacionalidad Andorrana

Nacionalidad andorrana

Muchos clientes nos plantean una duda inicial, que es más que comprensible, atendiendo a la facilidad con la que se obtiene la nacionalidad de múltiples jurisdicciones europeas. Es importante tener en cuenta inicialmente que la obtención de la residencia en el Principado de Andorra no implica la obtención de la nacionalidad andorrana. Es decir, los permisos de residencia y trabajo por cuenta propia no otorgan el derecho a detentar el pasaporte de Andorra.

La adquisición de la nacionalidad andorrana es un proceso extenso y complejo y que, además, implica la renuncia expresa de la/s nacionalidades actual/es del solicitante en los 5 años posteriores a la recepción de la misma y requiere el cumplimento de unos requisitos que pasaremos a enunciar a continuación.

En todos los casos, en el momento de la solicitud de la nacionalidad andorrana, es imprescindible ser residente legal y efectivo en Andorra.

Adicionalmente, cuando el solicitante reúna los requisitos contemplados en la Ley de extranjería andorrana (localmente conocida como Ley de immigración), se le concederá un pasaporte provisional. Es entonces, cuando el solicitante tiene 5 años para pasar un examen de lengua catalana, historia y geografía andorrana y debe presentar los documentos de renuncia de su actual nacionalidad. Por lo tanto, no es posible tener la doble nacionalidad.

Los mayores de edad que cumplan alguno de los siguientes escenarios, podrán solicitar la nacionalidad andorrana bajo las siguientes premisas:

  • Todo aquél nacido en el extranjero que haya residido 15 años en Andorra y tenga un abuelo andorrano.
  • Todo aquél que tras 3 años de residencia en Andorra se case con un andorrano (refiriéndose a 3 años viviendo en Andorra antes o después de la celebración del matrimonio o la combinación de ambos).
  • Todo aquél que acredite haber residido 20 años ininterrumpidamente en Andorra.
  • Todo aquél que acredite 10 años de residencia en Andorra y haya cursado íntegramente la escolaridad obligatoria en Andorra (de 6 a 16 años).

 

Estos son conocidos como los mecanismos de adquisición de la nacionalidad derivativos.

Por otro lado, los menores tienen derecho a solicitar el pasaporte andorrano cuando:

  • El menor de edad haya nacido en Andorra y alguno de sus progenitores sea andorrano.
  • El menor haya nacido en el extranjero, pero alguno de sus progenitores sea andorrano, nacido en Andorra.
  • Un menor de 14 años es adoptado por un nacional andorrano o una persona extranjera residente en Andorra (habiendo residido 10 años en el Principado, en caso contrario, el menor obtendrá un pasaporte provisional).
  • El menor nacido en Andorra y alguno de sus progenitores haya nacido en Andorra, sea residente, pero no tenga nacionalidad andorrana.
  • El menor nacido en Andorra de padres extranjeros y residentes en Andorra (habiendo residido alguno de los progenitores al menos 10 años en el Principado, en caso contrario, el menor obtendrá un pasaporte provisional).
  • En caso de que el menor hubiere nacido en el extranjero accidentalmente, probando este hecho y cumpliendo los requisitos anteriormente descritos, el menor tiene derecho a la nacionalidad. La solicitud deberá presentarse durante el primer año de vida del bebé.

 

Estos son conocidos como los mecanismos de adquisición de la nacionalidad originarios.

Pere Augé

CEO

Augé Legal & Fiscal

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